Para
Rawls la justicia va a tener un papel esencial; va a determinar la
estructura básica de la sociedad, o más exactamente, el modo en
el que las grandes instituciones sociales distribuyen los derechos y
deberes fundamentales y determinan la división de las ventajas
provenientes de la cooperación social. De este modo, la justicia se
convierte en la primera virtud de las instituciones sociales, de
igual modo que la verdad lo es de los sistemas de pensamiento. Ambas
son las primeras virtudes de la actividad humana.
Esto
permite que cada persona posea una inviolabilidad fundada en la
justicia, o como dicen algunos, en un derecho natural que no puede
ser anulado ni siquiera para el bienestar de cada uno de los demás.
No es admisible obtener un mayor bienestar social a costa de violar
alguno de estos derechos básicos; no se puede permitir que los
sacrificios impuestos a unos sean compensados por la mayor cantidad
de ventajas disfrutadas por muchos; no se puede permitir que la
pérdida de libertad para algunos se vuelva justa por el hecho de que
un mayor bien es compartido por otros. El razonamiento que pondera
las pérdidas y ganancias de diferentes personas como si fuesen una
sola queda excluido. En una sociedad justa, las libertades básicas
se dan por sentadas, y los derechos, asegurados por la justicia, no
están sujetos al regateo político ni al cálculo de intereses
sociales. Como consecuencia de ello, las leyes e instituciones
deberán ser reformadas o abolidas si no son justas por muy
útiles o eficientes que nos puedan resultar. Una injusticia
solamente puede llegar a ser tolerable cuando es necesaria para
evitar una injusticia aún mayor.
La
justicia tiene su efecto en la sociedad, y esta no es otra cosa que
un conjunto de individuos en la que existe una cooperación que hace
posible para todos una vida mejor de la que pudiera tener cada uno si
viviera únicamente de sus propios esfuerzos. A ella es inherente un
cierto conflicto de intereses puesto que las personas no son
indiferentes respecto a cómo han de distribuirse los mayores
beneficios producidos por su colaboración. Este conflicto de
intereses se resuelve cuando la sociedad está bien ordenada. Para
ello es imprescindible que esté regulada por una concepción
pública de la justicia lo
cual conlleva 1) que cada cual acepte y sepa que los demás aceptan
los mismos principios
de justicia,
y 2) que las instituciones sociales básicas satisfagan estos
principios y se sepa que lo hacen.
Cada
persona tiene una concepción particular de la justicia. Esto es,
entienden la necesidad de disponer de un conjunto característico de
principios que asignen derechos y deberes básicos y de determinar la
correcta distribución de cargas y beneficios de la cooperación
social. Por
tanto la justicia de un esquema social dependerá esencialmente de
cómo se asignan los derechos y deberes fundamentales, y de las
oportunidades económicas y las condiciones sociales en los diversos
sectores de la sociedad.
En
su obra, Rawls utiliza constantemente el término “Institución”.
¿Qué entiende por ello? Una institución es entendida por Rawls
como un sistema público de reglas que definen cargos y posiciones
con sus derechos y deberes, poderes e inmunidades, etc. Estas reglas
especifican ciertas formas de acción como permisibles, otras como
prohibidas, y establecen ciertas sanciones y garantías cuando se
violan las reglas. En definitiva, una institución puede entenderse
como un objeto abstracto, esto es, como una posible forma de conducta
expresada mediante un sistema de reglas, o como la realización de
las acciones especificadas por estas reglas, efectuada en el
pensamiento y en la conducta de ciertas personas en cierto tiempo y
lugar. Ritos y juegos, procesos judiciales y parlamentos, mercados y
sistemas de propiedad son algunos ejemplos de instituciones. Pero lo
más importante que resulta de esto, es que una institución al ser
un sistema público de normas, cualquier persona que participa en
ella sabe aquello que sabría si estas normas, y su participación en
la actividad que definen, fueran el resultado de un acuerdo. Una
persona que toma parte en una institución sabe lo que las normas
exigen de ella y de los demás. Sabe también que los demás saben
esto y que saben que él lo sabe, y así sucesivamente.
Para
finalizar esté artículo, se hace necesario introducir la definición
de ciertos conceptos o ideas que aparecerán más adelante al hablar
de “los principios” o de “la posición original”.
Los
bienes primarios son las cosas que se supone que un hombre
racional quiere tener, además de todas las demás que pudiera
querer. Los bienes sociales primarios, presentados en amplias
categorías, son derechos, libertades, oportunidades y poderes, así
como ingresos y riquezas.
El
bien de una persona está determinada por lo que para ella es
el plan de vida más racional a largo plazo, en circunstancias
razonablemente favorables. Un hombre es feliz en la medida en que
logra, más o menos, llevar a cabo ese plan. Para decirlo brevemente:
el bien es la satisfacción del deseo racional.
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